Seguros para perros ¿lo necesito?

5 preguntas sobre el seguro para perros

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1. ¿Es obligatorio que mi perro esté asegurado?
Depende esencialmente de la raza del perro y del lugar donde se resida habitualmente.
En principio sólo las razas consideradas potencialmente peligrosas están obligadas a ser aseguradas.
Por otro lado, son las autonomías las que determinan en cada comunidad que razas son consideradas peligrosas y tienen por tanto obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil.

2. ¿Existe alguna Ley Nacional al respecto?
Si. Existe una norma estatal, el R.D. 287/2002 por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
En dicha norma citan como razas peligrosas a: Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American StaffodshireTerrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu y Akita Inu o cruces de las mismas.
Además también considera como razas peligrosas a aquellas con fuerte musculatura, pelo corto, cabeza voluminosa, cuello ancho o peso superior a 20 Kg. Pero, como hemos indicado, son al final las comunidades autónomas las competentes en la materia.

3. ¿Qué razas deberían entonces contratar un seguro de responsabilidad civil?
En principio todas las recogidas en la norma estatal:
Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American StaffodshireTerrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu yAkita Inu
Y además aquellas citadas expresamente en alguna de las diferentes normativas autonómicas:
Boxer, Bullmastiff, Dobermann, Dogo de Burdeos, Dogo del Tibet, Mastín Napolitano, Tosa Japonés, Presa Canario y Presa Mallorquín
No obstante, es importante recomendar la contratación de un seguro de responsabilidad civil también para aquellas razas que aún no siendo citadas explícitamente puede ser consideradas peligrosas como el pastor alemán.

4. ¿Cuál es la cobertura de responsabilidad civil que debo contratar?
Según la norma estatal (R.D. 287/2002 ) los perros considerados peligrosos están obligados a formalizar un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura no inferior a ciento veinte mil euros (120.000 €).
Pero como cada comunidad autónoma es competente para legislar en esta materia, si repasamos brevemente algunas comunidades. (Madrid: 120.000 €, Castilla y León 180.000 €, Cataluña 150.000 €, Galicia 125.000 €, etc.) observamos la disparidad de criterios.
Por ello, se debería asegurar a los perros con una cobertura de responsabilidad civil nunca inferior a 180.000 Euros válida para cualquier comunidad autónoma.

5. ¿Dónde puedo contratar el seguro para mi perro?
En cualquier compañía de seguros (Axa, Allianz, Mapfre, etc.) suelen tener productos específicos para este riesgo. Además, suelen añadir coberturas opcionales como un seguro de accidentes para el perro o incluso  un seguro veterinario para la mascota.

También existen portales en internet dedicados a la comercialización de seguros como Segurclick (www.segurclick.com) o Ciberseguros (www.ciberseguros.com) donde facilitan la contratación del seguro para perros.

5 comentarios en “Seguros para perros ¿lo necesito?

  1. He leido con interés el artículo pero me surgen ciertas dudas sobre la potestad reglamentaria de las comunidades autónomas para modificar, que no desarrollar, el RD 287 / 2002.

    Según la Disposición Final Segunda del citado Real Decreto, la facultad de incluir nuevas razas en el Anexo I es competencia del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

    De hecho, esa fue la interpretación del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en su sentencia 549 / 2007, declarando la nulidad de la norma municipal en lo referente a la inclusión de la raza dobermann como Perro Potencialmente Peligroso.

    Saludos.

  2. Lo que no me queda claro es lo de que el pastor alemán puede considerarse ppp de forma no explícita, porque también podría serlo cualquier perro que por su corpulencia pudiese hacer daño físico, por ejemplo un labrador de 30 y tantos kg ¿no?.

    1. Sí, exacto, un labrador cumple con los «requisitos» de ser PPP. Al final, los seguros no suponen un gran desembolso y suponen un plus de tranquilidad para nosotros. Además, muchos seguros de hogar incluyen a los «animales de compañía» en su cláusula de responsabilidad civil.
      Saludos!

      1. Claro que sí doogweb, el seguro no está de más tengas el perro que tengas.Lo que yo quería remarcar es lo absurdo de esta ley , que con ese cajón «de sastre» de «requisitos» que añade a las razas citadas, incluye a casi cualquier perro de más de 20 kg.
        Un saludo!

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