Consejo Andaluz de Colegios Veterinarios y PPP´s

American Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier y American Bully

American Stadffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier y American Bully

El Consejo Andaluz de Colegios Oficiales Veterinarios informa sobre un error contenido en la noticia publicada el pasado viernes 14 de noviembre de 2014 según la cual se informaba de la ampliación del listado de animales potencialmente peligrosos (ver al pie).

Misma raza: amstaff
Concretamente, se hablaba de un informe recibido por parte de la Dirección General de Interior, Emergencias y Protección Civil de la Consejería de Justicia e Interior, en el que se “añade” (aquí está el error) al listado la raza “American Staffordshire Bull Terrier” como animal potencialmente peligroso, cuando esta raza ya figuraba en el mismo bajo el nombre de “American Staffordshire Terrier”. Se trata simplemente de la misma raza, aunque hay criadores que utilizan una u otra denominación para referirse a ella.

(N. de la R. En realidad no es así y, aunque compartan origen,  sí se trata de dos razas diferentes, en este artículo explicábamos las diferencias entre American Staffordshire Terrier, Staffordshire Bull Terrier y Pit Bull).

Acerca del American Bully
Por otro lado, en el informe se habla también de la raza “American Bully”, una raza procedente de Estados Unidos, no reconocida como tal en Europa, pero procedente de razas consideradas como potencialmente peligrosas por el Decreto 42/2008. Por tal motivo, la Consejería de Justicia, a instancias del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Veterinarios, ha considerado procedente que estos ejemplares hayan de ser inscritos en la sección de Animales Potencialmente Peligrosos del Registro Andaluz de Identificación Animal, siendo por tanto de aplicación a los mismos, los requisitos de tenencia contenidos en la normativa reguladora de este tipo de animales.

Por lo tanto, la relación de razas de perros potencialmente peligrosas que figura en el Anexo del Decreto 42/2008, de 12 de febrero, por el que se regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos en la Comunidad Autónoma de Andalucía, sigue siendo la misma, y la normativa afecta tanto a los ejemplares de esas razas como a sus cruces (como es el caso, por ejemplo, del “American Bully”):

1. Pit Bull Terrier.
2. Staffordshire Bull Terrier.
3. American Staffordshire Terrier.
4. Rottweiler.
5. Dogo Argentino.
6. Fila Brasileiro.
7. Tosa Inu.
8. Akita Inu.
9. Doberman.

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Noticia a la que hace referencia la aclaración (enlace):

El Consejo Andaluz de Colegios Oficiales Veterinarios ha recibido por parte de la Dirección General de Interior, Emergencias y Protección Civil de la Consejería de Justicia e Interior un informe considerando la raza ‘American Staffordshire Bull Terrier’ como animal potencialmente peligroso. Fuente de la imagen: Mundoanimalia

El Consejo Andaluz de Colegios Oficiales Veterinarios ha recibido por parte de la Dirección General de Interior, Emergencias y Protección Civil de la Consejería de Justicia e Interior un informe considerando la raza ‘American Stadffordshire Bull Terrier’ como animal potencialmente peligroso.

En consecuencia, a partir de la fecha, será aplicable a los ejemplares de esta raza la normativa sobre Animales Potencialmente Peligrosos respecto de la tenencia, identificación y registro de los mismos, a la que habrán de adaptarse todos los ejemplares residentes en Andalucía, incluyendo a los que ya figuran registrados en el RAIA, que no figuran como tales.
Por lo tanto, y en relación al Anexo que figura en el Decreto 42/2008, de 12 de febrero, por el que se regula la tenencia de animales potencialmente peligroso en la Comunidad Autónoma de Andalucía, las razas que son consideradas como potencialmente peligrosas serán, además de sus cruces:

1. Pit Bull Terrier.
2. Staffordshire Bull Terrier.
3. American Staffordshire Terrier.
4. Rottweiler.
5. Dogo Argentino.
6. Fila Brasileiro.
7. Tosa Inu.
8. Akita Inu.
9. Doberman.
10. American Bully.
11. American Stadffordshire Bull Terrier

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3 comentarios en “Consejo Andaluz de Colegios Veterinarios y PPP´s

  1. Es una lástima. Yo soy partidario de que la mayor parte del carácter de un perro es determinada por la educación y el cariño que le ofrezcan sus dueños. Es cierto que hay perros más «brutos» que otros, pero está demostrado que con una buena educación no tiene porqué haber problema alguno.
    Comparto una web donde, por ejemplo y entre otras cosas, hay multitud de información sobre los bull terrier (http://www.brutalbull.com), una raza a veces también utilizada de forma indeseable pero que resulta muy noble y tan amigable como cualquier otra cuando se antepone una buena educación y mucho cariño.

    Saludos y enhorabuena por la web.

  2. Tengo una bully y es lo más noble del mundo aún acosada por perros al pasear ella como si nada.no veo bien que mi perra tenga que ir con bozal y amarrada super corta que es este catalogada como un ppp cuando hay perros de distintas razas no consideradas ppp acosando ladrando incluso mordiendo a personas y sin amarrar sin bozal y sin nada si un perro viene a acosar a mi perra y le ataca la mía está amarrada lleva bozal pero claro la mía es considerada ppp pues no es justo.que parece que tengo un león.ni ángel cristo tenía tantos papeles para sacar los tigres como yo a mi perra.

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