¿Pasaporte europeo para los perros… sin salir de España?

En algunas Comunidades es obligatorio

La UNAC (Unión Nacional de Asociaciones de Caza), ha publicado lo siguiente en su página web:

La Unión Europea implantó un pasaporte para los animales de compañía con el Reglamento (CE) nº 998/2003 para los desplazamientos intracomunitarios de perros, gatos y hurones. Posteriormente, con la DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 26 de noviembre de 2003, estableció un modelo de pasaporte que cumple los requisitos de dicho Reglamento. Pero en España algunas Comunidades Autónomas (CC.AA.) han sustituido de forma totalmente incomprensible la anterior cartilla sanitaria por dicho pasaporte europeo, y la última CC.AA. en hacerlo ha sido Andalucía.

En estas CC.AA. se exige y es obligatorio contar con el PASAPORTE para todos los perros residentes, tanto para justificar su estado sanitario como para el desplazamiento entre campos, calles, municipios o provincias. Además, es obligatorio para los cazadores que llevan sus perros al monte, con la particularidad de que los Agentes de la Autoridad controlan sistemáticamente que cumplen con esta nueva exigencia. La medida tiene mayor incidencia entre los dueños de las rehalas a los que la aplicación de esta absurda medida les supondrá un coste económico considerable… (Sigue, texto completo, aquí).

Lógicamente, esta Ley no afecta sólo a los perros destinados a la caza, sino a todos los perros censados en la Comunidad concreta, por lo que todos estamos afectados por la incomprensible medida.

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