La Ley de Protección Animal en Madrid, modificada

Nueva Ordenanza Municipal de Madrid

Nueva Ley de Protección de Animales Domésticos de la Comunidad de Madrid con pocas novedades, aunque sí una muy importante: Se prohíbe la exhibición de animales domésticos en escaparates.

Se ha aprobado la nueva Ley de Protección de Animales Domésticos de la Comunidad de Madrid con pocas novedades (la anterior databa de 1990 con últimas modificaciones en 2002, se puede consultar aquí), aunque sí una muy importante: Se prohíbe la exhibición de animales domésticos en escaparates. También es destacable la prohibición de ejercer la mendicidad acompañado de mascotas. Un punto que queda en el aire en la nueva Ley de Protección Animal de Madrid es la prohibición de estar en posesión de «animales potencialmente peligrosos», este punto está aún si desarrollar al no existir un catálogo en el que se detallen cuáles son esos animales en concreto (no confundir con los denominados «Perros Potencialmente Peligrosos», la nueva Ley se centra en especies no domésticas, por ejemplo serpientes venenosas).

Otro apartado, en este caso controvertido y discutible, es el que hace referencia a la prohibición de alimentar animales vagabundos, citamos textualmente: «Se prohibe el suministro de alimentos a animales vagabundos o abandonados, así como a cualquier otro cuando de ellos puedan derivarse molestias, daños o focos de insalubridad».

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