Barcelona prohibirá los collares estranguladores

Barcelona contará pronto con nueva ordenanza de animales domésticos

Barcelona prohibirá los collares estranguladores en su próxima Ordenanza de Animales Domésticos.Los particulares no podrán tener camadas si no están registrados como criadores.

Hace solo unos días anunciábamos que en Quebec quedaban prohibidos los collares eléctricos y de ahorque. Ahora Barcelona incluye esa prohibición en su propuesta de nueva ordenanza de animales. Los cambios más relevantes que se proponen para la nueva ordenanza son los siguientes:

Más garantías para el bienestar animal. La nueva ordenanza prevé más condiciones para garantizar el bienestar animal, con medidas y requerimientos para garantizar una tenencia responsable y su calidad de vida, evitando su posible maltrato o abandono. Algunos ejemplos son:

– El animal no puede estar atado más de dos horas (una en el caso de los cachorros)

– Está prohibido dejarlos solos en el domicilio durante más de 3 días consecutivos. En el caso de la especie canina, en ningún caso se podrá superar un período de 12 horas seguidas.

– No pueden tener como alojamiento habitual los vehículos, patios o balcones, terrazas, patios, galerías o terrazas.

– Los propietarios están obligados a evitar su huida, tanto de los ejemplares como de sus crías.

– Se prohíben los collares de fuerza, de estrangulación o similares

Declaración Responsable antes de comprar o adoptar un animal. La persona que quiera adquirir, acoger o adoptar un animal deberá firmar una declaración responsable conforme no ha sido sancionada por infracciones que impliquen maltrato o abandono del animal. Los centros de acogida y los establecimientos dedicada a la venta deberá exigir este documento en el proceso de adopción, acogida o compra.

Los animales de compañía deberán ir siempre atados. Así lo recoge el nuevo texto de la ordenanza, salvo en las zonas especialmente dedicadas para el ocio de los animales de compañía. Los animales deberán ir atados por medio de un collar y una correa o cadena.

Acceso al metro. La ordenanza recoge que se fomentará la accesibilidad de animales de compañía al transporte público. Con el impulso del Ayuntamiento de Barcelona, ​​TMB ya está trabajando en la modificación del reglamento del metro para implementar la medida en los próximos meses. El acceso al metro será posible salvo en las horas punta y cuando haya eventos multitudinarios.

No es posible la crianza de animales de compañía en domicilios particulares. La crianza sólo se permitirá en los casos que esté legalizada la actividad como tal. Cabe recordar que la ley de protección de los animales ya prevé que los animales de compañía objeto de comercialización o transacción deben ser esterilizados.

Por primera vez se reconocen las colonias de gatos ferales. Se propone regular las condiciones y las de sus usuarios a través de la nueva ordenanza. Las colonias de gatos ferales consisten en la agrupación controlada de gatos sin dueño, debidamente esterilizados, que conviven en un espacio público o privado, a cargo de organizaciones y entidades cívicas que velan por su bienestar y donde reciben atención, vigilancia sanitaria y alimentación .

Prohibición de alimentar a los animales en los espacios públicos. Con el objetivo de evitar y prevenir la proliferación e incremento de colonias de animales incontrolados, se prohíbe expresamente alimentar a los animales (perros, gatos, palomas, gaviotas …) en las vías y espacios públicos, salvo las personas autorizadas expresamente por el Ayuntamiento, que podrán suministrar alimento a los animales de colonias controladas, como las de gatos feral, antes descritas.

Jabalíes y animales salvajes. incluye a la ordenanza un articulado propia para jabalíes y animales salvajes en la vía y espacios públicos. Se prohíbe dar de comer y proporcionar alimentación de cualquier tipo y forma sin autorización a los jabalíes o cualquier otro animal salvaje que se encuentre en las vías o espacios públicos, incluidos los espacios forestales públicos y privados del término municipal de Barcelona. Se prohíbe acercarse a los jabalíes ya cualquier otro animal salvaje en cualquier circunstancia susceptible de entrañar peligro para las personas.

Tenencia de primates y caballos. Se prohíbe la tenencia de primates, excepto en el caso de entidades animalistas de protección de los animales. También se prohíbe su comercio y su cesión entre particulares, y los centros de cría y suministro de primates para experimentación. También se prohíben los centros de cría de animales salvajes en cautividad. En el caso de caballos y otros animales de tracción, se prohíbe la tenencia en patios de vivienda o solares urbanos. Estos animales deben estar en cuadros o estables adecuados, con el título o licencia correspondiente.

Corridas de toros. Se mantiene la prohibición de celebrar corridas de toros y los espectáculos con toros que incluyan la muerte del animal y la aplicación de las suertes de la pica, las banderillas y el estoque, así como los espectáculos taurinos de cualquier modalidad que tengan lugar dentro o fuera de las plazas de toros. Se añade que queda prohibida la simulación de espectáculos taurinos de cualquier naturaleza sea cual sea su finalidad.

Animales en los circos. Se mantiene la prohibición de utilizar animales salvajes en cautividad. La nueva ordenanza, sin embargo, también contemplará lo que se apruebe en la ley que está tramitando el Parlamento.

• Más información: Generalitat de Cataluña.

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