Pequeñas modificaciones durante los trámites
El proyecto de la Ordenanza de protección, tenencia y venta de animales ha pasado ya el trámite de aprobación inicial en comisión con algunas pequeñas modificaciones respecto al texto inicial.
La nueva ordenanza recoge los artículos de la Declaración de Barcelona aprobada en 1998, donde ya se decía que «todos los animales, sea cual sea su especie, tienen el derecho a ser respetados. No deben ser víctimas de malos tratos, de esfuerzos desmesurados, espectáculos violentos ni actos crueles que les comporten sufrimientos físicos o psíquicos «.Los deberes de los propietarios
Igualmente, «los derechos de los animales se complementan necesariamente con los deberes de sus propietarios, tanto en relación con los animales como con el conjunto de los ciudadanos. Es por ello que es responsabilidad de los poseedores de un animal mantenerlo de acuerdo con los normas de la buena convivencia, evitando comportamientos incívicos que puedan molestar al resto de la ciudadanía. Para facilitar la mejora de la mutua convivencia y los civismo hacia adaptar y mejorar las condiciones de la ciudad «.
La nueva ordenanza se ha trabajado con el objetivo de que sea más claro y más fácil de hacer cumplir, garantizando la defensa del bienestar animal y la correcta convivencia de estos con las personas y con su entorno. Los cambios más relevantes que se han incorporado en relación con el texto vigente desde 2003 son:
Bienestar animal
La nueva ordenanza prevé más condiciones para garantizar el bienestar animal, con medidas y requerimientos para garantizar una tenencia responsable y su calidad de vida, evitando su posible maltrato o abandono. Algunos ejemplos son:
– El animal no puede estar atado más de dos horas (una en el caso de los cachorros)
– Está prohibido dejarlos solos en el domicilio durante más de 3 días consecutivos. En el caso de la especie canina, en ningún caso se podrá superar un período de 12 horas
– No pueden tener como alojamiento habitual los vehículos, patios o balcones, terrazas, patios, galerías o terrazas.
– Los propietarios están obligados a evitar su huida, tanto de los ejemplares como de sus crías.
– Se prohíben los collares de fuerza, de estrangulación o similares
Los animales de compañía deberán ir siempre atados y se ampliarán las áreas de recreo para perros. Así lo recoge el nuevo texto de la ordenanza, salvo en las zonas especialmente dedicadas para el ocio de los animales de compañía. Los animales deberán ir atados por medio de un collar y una correa o cadena. Fruto del diálogo con las entidades y los partidos, la ordenanza incorpora una disposición según la cuando en el plazo de un año se hará un decreto para determinar en qué espacios de la ciudad los animales de compañía podrán ir sueltos. La concejalía de Presidencia y Territorio está coordinando un grupo de trabajo con los distritos y el área de Medio Ambiente para mejorar las actuales áreas de recreo para perros y ampliar el número, así como los espacios que puedan ser compartidos.
Una vez se haya implementado el plan, entrará en vigor la prohibición de llevar los animales sueltos en el espacio público. En este año de transición se mantendrá en vigor lo previsto en la ordenanza de 2003, que prevé que los animales pueden ir sueltos siempre que queden al lado de su dueño, bajo su control visual y estén educados para responder sus órdenes verbales.
Declaración Responsable antes de comprar o adoptar un animal
La persona que quiera adquirir, acoger o adoptar un animal deberá firmar una declaración responsable conforme no ha sido sancionada por infracciones que impliquen maltrato o abandono del animal. Los centros de acogida y los establecimientos dedicada a la venta deberá exigir este documento en el proceso de adopción, acogida o compra.
Acceso al Metro
La ordenanza recoge que se fomentará la accesibilidad de animales de compañía al transporte público. Con el impulso del Ayuntamiento de Barcelona, TMB ya está trabajando en la modificación del reglamento del metro para implementar la medida en los próximos meses. El acceso al metro será posible salvo en las horas punta y cuando haya eventos multitudinarios.
No es posible la crianza de animales de compañía en domicilios particulares. La crianza sólo se permitirá en los casos que esté legalizada la actividad como tal. Cabe recordar que la ley de protección de los animales ya prevé que los animales de compañía objeto de comercialización o transacción deben ser esterilizados.
Por primera vez se reconocen las colonias de gatos ferales. Se propone regular las condiciones y las de sus usuarios a través de la nueva ordenanza. Las colonias de gatos ferales consisten en la agrupación controlada de gatos sin dueño, debidamente esterilizados, que conviven en un espacio público o privado, a cargo de organizaciones y entidades cívicas que velan por su bienestar y donde reciben atención, vigilancia sanitaria y alimentación .
NO ENTIENDO PORQUE LOS PERROS NO PUEDEN IR SUELTOS.
DEBERIAMOS HACER ALGO