Quito (capital de Ecuador) prohíbe los collares de castigo de todo tipo

Quito, Ecuador, capital más antigua de Sudamérica, se une a la tendencia mundial en contra de los métodos punitivos de adiestramiento

Quito, Ecuador, se une a la tendencia mundial en contra de los métodos punitivos de adiestramiento.

La Ordenanza Metropolitana No. 019 – 2020, en los numerales 26 y 33 de su artículo 7, para todo el Distrito Metropolitano de Quito, PROHÍBE: la recomendación o uso de herramientas y métodos que causen daño físico o emocional, castigo o intimidación para el manejo, entrenamiento o adiestramiento de animales, como: COLLARES DE AHOGO (choke), PINCHOS (prong), DESCARGAS ELÉCTRICAS (shock); así como utilizar métodos o técnicas de adiestramiento canino de carácter aversivo, punitivo o coercitivo, concretamente las técnicas que consisten en manipular física o emocionalmente al animal para su adiestramiento o entrenamiento.

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Muy coherente al artículo 6: » Ejercitar físicamente a los animales de manera frecuente, de acuerdo a la rutina de
ejercicio, recreación y estimulación mental, de acuerdo a su edad».

El 7 en sus 7 apartados:
1. Provocar en los animales daño o sufrimiento en cualquiera de sus formas;
2. Abandonar animales en lugares públicos o privados, en áreas urbanas o rurales;
3. Permitir que los animales deambulen en el espacio público sin la debida supervisión;
4. Mantener animales en espacios anti-higiénicos;
5. Mantener animales, en habitáculos aislados o sin el espacio necesario para su tamaño y
normal desenvolvimiento o expuestos a inclemencias del clima e insalubridad;
6. Encadenar animales o atarlos como método habitual de mantenimiento en cautiverio, o
privarlos de su movilidad natural;
7. Practicarles a los animales o permitir que se les practique mutilaciones innecesarias o
estéticas.

Otros artículos de la Ordenanza son también interesantes, como el 46, que dice: “Queda expresamente prohibido todo tipo de espectáculos públicos o privados que impliquen sufrimiento, maltrato, muerte o cualquier tipo de atentado al bienestar animal o cualquier otro tipo de espectáculos que involucre combates entre animales o entre animales y personas, así como el entrenamiento de animales para estos fines en el Distrito Metropolitano de Quito”.

• Más información: Ordenanza completa.

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